Se inicia el procedimiento de concesión de subvenciones para libros y material de segundo ciclo de Educación Infantil

Se podrán solicitar en un plazo de 30 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria en el BORM. Se concederá un máximo de 100 euros por alumno hasta agotar el crédito presupuestario, que es de 30.000 euros

La Junta de Gobierno celebrada esta mañana ha acordado iniciar el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la adquisición de material didáctico y libros de texto para segundo ciclo de Educación Infantil del curso 2020/21. Se concederá un máximo de 100 euros por alumno hasta agotar el crédito presupuestario que es de 30.000 euros.

Se podrán solicitar en un plazo de 30 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria en el BORM. "El objetivo es contribuir con las familias del municipio en la adquisición de libros de texto y material didáctico para el alumnado matriculado en el curso 2019-20 de los centros docentes ubicados en el municipio de Jumilla", ha destacado la concejala del área, Lola Gómez.

197 subvenciones concedidas el pasado curso

El pasado curso 2019-20 se otorgaron un total de 197 subvenciones, lo que supuso una ayuda al alumnado de este ciclo de 17.713,25 euros.

Requisitos para solicitarlas

La persona beneficiaria será la persona que presente la solicitud, debiendo ser necesariamente el padre, madre o tutor legal. Será requisito para obtener estas ayudas que los ingresos de la unidad familiar en el año 2019, en función del número de miembros, no hayan superado los umbrales máximos.

Las personas interesadas deberán presentar solicitud según modelo (Anexo I-descargable en la web municipal) y adjuntar al expediente la factura justificativa de la adquisición de libros o material didáctico complementario, por cuantía igual o superior a la cuantía de la ayuda y de fecha anterior al 10 de octubre. "Con el fin de fomentar el comercio local, deberá estar expedida por cualquier librería de Jumilla", ha indicado Lola Gómez.

También será necesario copia compulsada del DNI o NIF de cada uno de los miembros de la unidad familiar mayor de 18 años, libro de familia, certificado de número IBAN de la cuenta donde se desea recibir el importe de la ayuda, declaración responsable de que todos los miembros de la unidad familiar están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo II), autorización a recabar datos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Anexo III) y declaración responsable de no haber recibido otra ayuda para la misma finalidad (Anexo IV). No deberá adjuntarse ninguna documentación acreditativa de los ingresos de la unidad familiar.

Este sitio web utiliza cookies para facilitar y mejorar la navegación. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso. POLITICA DE COOKIES